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Divorcio

3 Comentarios
 
21/04/2004 15:01
Gracias alegato. El problema es que desde que nos separamos me pasa la pensión para mis dos hijos (la misma cantidad desde entonces 30.000ptas) y no me ha abonado nada de los gtos del piso (impuesto de bienes inmuebles, etc) a pesar de que quiere que le dé la mitad de su valor. El piso me lo regalraon mis padres pero lo pusimos a nombre de los dos. Yo tengo trabajos esporádicos pero no quise la pensión compesatoria. Si me mandan una citación y no me presento ¿cuales serian las consecuencias? Gracias.
21/04/2004 13:56
Desesperada espero que tu nick no evidencie tu estado de ánimo, al menos a tenor de la pregunta que trasladas a este foro.

Tu ex-marido puede perfectamente solicitar el divorcio dado que existe causa legal para ello (art. 86 del Código Civil) y tu no puedes oponerte. Así que si tu problema estriba únicamente en la cuestión de los gastos procesales (letrado y procurador) yo esperaría a recibir en tu domicilio la correspondiente demanda de divorcio interpuesta por tu exmarido y si ésta no modifica en nada las medidas definitivas dictadas en la separación y que al día de hoy se encuentran vigentes, simplemente, comparecería personalmente en el Juzgado de Familia y a los solos efectos de manifestar la conformidad a la acción de divorcio entablada por tu ex-marido.

Te podrán decir en el juzgado, y con base legal para ello, que precisas de abogado y procurador (art. 750 L.e.civ.) y que para allanarte a las cuestiones de las cuales puedes disponer en un proceso matrimonial -pension compesatoria o alimenticia a tu favor- (art. 751 L.e.civ.) debes contestar a la demanda en dichos términos (-es una posibilidad más que real); entonces pide en el Juzgado que recojan tus manifestaciones y que se te nombre abogado y procurador de oficio (si es que tienes derecho a los mismos= ingresos inferiores al doble del SMI) o, en su caso, manifesta al juzgado tu deseo de no originar gastos y que por lo tanto admites que se te tenga en rebeldía procesal. Los intereses de los hijos menores de edad siempre serán defendidos por el Ministerio Fiscal (art. 749 L.e.civ.). A veces la ley es difícil de sostener a nivel fáctico aunque todo tiene una explicación lógica y es que la presencia de abogado -en definitiva, un experto- supone una garantía extra a tu decisión libre de estar de acuerdo con determinadas medidas o consecuencias inherentes a los procesos de separción o de divorcio.

Otra solución, quizás la más lógica y sensata, sería pactar por escrito con tu ex-marido, así como con el letrado y procurador actuantes (ten en cuenta este último dato), la firma de un convenio regulador de divorcio bajo el compromiso expreso por parte de todos y referente a que los gastos del proceso judicial de divorcio de mutuo acuerdo iran de cuenta de tu ex-marido.

Ningún coste puede suponerte estas actuaciones.

Un saludo y suerte.
21/04/2004 13:37
El divorcio se concede a quien lo solicita si han transcurrido los plazos que marca el C.Civil desde que se obtuvo la separación. Y como quiera que indicas el plazo de 4 años, no puedes oponerte en modo alguno a que el Juzgado decrete el divorcio por causa del tiempo transcurrido. Un saludo.
Divorcio
20/04/2004 16:38
Hola a todos. ¿Alguien me puede decir si puedo negarme a concederle el divorcio a mi ex aunque el corra con los todos los gastos? estamos separados desde hace 4 años. Gracias.