El divorcio y la liquidación del régimen económico matrimonial son dos cosas distintas.
Con el divorcio se DISUELVE el régimen (a partir de la sentencia deja de existir la sociedad de gananciales), pero los bienes que hay en común hay que LIQUIDARLOS, es decir, repartirlos. Se hace un inventario del activo y pasivo y se reparte. No sé si ya lo habrán hecho Uds., pero de no ser así, me temo que aún le queda el reparto.
Me estoy divorciando,no tengo hijos,el único problema es los gananciales,tengo sentencia que no es firme en la cual dice que estamos los dos conformes con divorciarnos,que el régimen económico es gananciales,y que esta sentencia se puede apelar en un plazo de cinco dias,que las medidas provisionales se rigen hasta que salga la sentencia firme.
mis preguntas son,si ella no recurre en el plazo de cinco dias significa que todo se reparte a partes iguales?