Hola,en un divorcio con separación de bienes si mi ex ha cogido las joyas y las ha vendido por su cuenta y se ha quedado el dinero,puedo denunciarlo? Decir que no hay facturas de esas joyas.
¿Cómo se adquirieron esas joyas? Si son regalos de familiares o se adquirieron personalmente pero se han perdido las facturas, se puede demostrar con testificales y con fotografías.
En cualquier caso, es importante denunciar tan pronto se tenga conocimiento del hecho, ya que la compra-venta solamente tiene obligación de retener las joyas durante 15 días. Transcurrido este tiempo, desde la notificación a las autoridades pertinentes, está autorizada a su fundición.
Hola..,quería preguntar sobre un divorcio contencioso en el que las partes y sus abogados llegan a un acuerdo el mismo día del juicio antes de entrar en la sala. Entramos en la sala y el juez lee todos los puntos acordados,estamos de acuerdo y simplemente afirmamos que si. La cosa queda que el marido tiene que ingresar 3000 euros a la mujer y se olvidan pagas compensatorias y liquidación de gananciales,hasta ahí correcto. El tema es que todo esto se desarrolla verbalmente y no hay un documento de todos esos puntos aclarados y tampoco se firma nada de divorcio.Se supone que queda grabado o filmado creo pero no hay documentos…..,sin embargo el juez dice al marido que tiene 5 días para hacer el ingreso de los 3000 euros y le pasan una cuenta bancaria de la mujer.Los abogados no dicen nada asi como que todo está bien. Entonces el tema es si este modo de proceder es correcto?ósea es fiable para el marido que tiene que creer en el trato e ingresar solo en 5 dias?Es un poco raro que quede todo ratificado ante el juez y no se reparta ni se firme una documentación del acuerdo a las partes ni se firme nada pero se exija el pago en 5 dias. A ver si esto es correcto o alguien me puede ayudar.gracias
Aunque quede grabado en soporte apto, lo que se graba es la comparecencia; posteriormente, el juez, debe dictar sentencia. Técnicamente hablando es a partir de ese momento en que debes realizar el pago. No obstante, haz caso a lo que te aconseje tu letrado, que es quien conoce el caso.