Hola a todos. Quisiera saber si puedo tramitar el divorcio donde vivo parte del año o tengo que hacerlo donde estoy censada. Vivo 6 meses en cada sitio. Gracias
La ley establece que debe hacerse ante el tribunal del domicilio conyugal, y en caso de que los cónyuges residan en partidos judiciales distintos, en el domicilio del demandado.
Supongo que no existen hijos, porque de ser así, el tribunal competente es el del domicilio de los hijos.
En su caso, si no hay hijos, como vive la mitad del tiempo en cada sitio, pero está empadronada en un municipio concreto, y supongo que será en ese domicilio donde recibe la correspondencia y su domicilio a efectos fiscales.... lo más acertado es que lo tramite en el domicilio donde está empadronada.