hola. me ha llegado una caso al despacho y necesitaria vuestra ayuda. Es un cliente de nacionalidad colombiana casado con una mujer colombiana y con 1 hijo en comun, se vinieron a España pero en 2008 ceso la convivencia. Él solicitó el divorcio en Colombia pero fue contencioso y sin la presencia de ella, ahora ella en España ha interpuesto una demanda contenciosa , pues ella no sabe que ya esta divorciada. Ahora tengo 20 dias para contestar.Pero si ya estan divorciados, que hago??gracias..
Bueno se me ocurre, que aportes en la contestacion algun documento que acredite dicho extremo. Seguro que tu cliente tiene la referida documental. Al igual que en España, tiene que haber algun registro que lo certifique.
Si aportalo, y si no llega, dejalo referenciado y explica el por que no puedes aportarlo, falta de tiempo etc...
En el acto de la vista, hazlo saber al tribunal
ok muchas gracias...hago la contestacion aportando la sent y además referencia a la pension de alimentos que quiero q sea inferior.pues le solicitan 300 eur.