El juez podrá dictaminar que el marido de tu madre le tiene que pasar "X" dinero de pensión compensatoria - que si tenemos en cuenta que el tiene una pensión de 500E mensuales no creo que sea una cantidad elevada-, posteriormente, si no pasa dicha pensión, habrá que iniciar otro procedimiento de ejecución del Sentencia. Un saludo.
Como Introducción, paso a relatar lo más brevemente posible el caso de mi madre.
1. Mujer de 76 años, ama de casa, casada en segundas nupcias con su actual marido hace 16 años, sin descendencia de dicha unión y residiendo en vivienda propiedad de él. Los ingresos: pensión de unos 500 euros del marido.
2. En el año 2004, es intervenida de un tumor cerebral, tras la cual, comenzó con un proceso irreversible de deterioro psíquico y físico.
3. Dado su estado, su “”queridísimo esposo””, provocó, de forma poco caballerosa, que yo la rescatase de sus fauces. Digo que provocó la situación porque comenzó a utilizar frases tales como “Tu madre es un bulto”, “Ya no sirve para nada” “que hacéis que no os la lleváis ya a vuestra casa”” etc.....,, en definitiva, que vilmente se deshizo de ella.
4. Evidentemente, se le solicitó que facilitase a mi madre algo de dinero para sus gastos, a lo que en todo momento se negó, es más, le negó hasta ropa personal. Lógicamente tuve que hacerme cargo de todos los gastos de mi madre.
5. Tras consultar en Servicios Sociales de mi localidad, procedimos a iniciar el proceso de divorcio, pues parece ser que mi madre al estar casada no tenía derecho a ninguna pensión hasta tanto en cuanto no se divorciara. Pregunto: ¿qué habría pasado si yo no hubiera estado para asistirla y socorrerla?, pero eso que importa.
6. Pues bien, tras varios meses, entre que te asignan abogado de oficio, se inicia el proceso, le comunican la demanda al marido que a su vez solicita abogado de oficio, pitos y flautas, POR FIN, a finales del próximo mes de marzo, está previsto que se celebre un juicio.
7. Según el abogado de mi madre, la parte contraria esta conforme con el divorcio, pero claro, SE NIEGA A PASAR PENSION COMPENSATORIA, alegando que mi madre tenía unos ahorros y con esos puede pasar, ¿Dónde estarán esos ahorros?.
Ahora bien, estoy empezando a creer que el abogado de oficio de mi madre, no está muy concienciado con el asunto, pues no ha sido capaz de solicitar del juez alguna medida provisional para paliar la precariedad económica de mi madre, se muestra reticente cuando se le pregunta sobre sus derechos, en definitiva creo que es un “manso”.
Decir, que al día de la fecha, la capacidad cognitiva de mi madre es nula, su movilidad también, está en silla de ruedas con incontinencia total y es totalmente dependiente de terceras personas. Tal es su estado, que la Consejería de Bienestar Social de mi región, (vivo en Castilla la Mancha), de forma urgente y gratuita, le ha concedido recientemente plaza en una residencia de mayores.
Por ello, alguen me puede informar sobre los derechos de mi madre, cantidad que debe ser solicitada como pensión compensatoria u otras medidas que se pueden adoptar para paliar dicha precariedad. Forma se solicitar la compensatoria, pues me han comentado que aun con sentencia judicial, el marido puede no abonarla y hay que iniciar otro proceso para reclamarla. ¿Sería posible que el propio Juez/a, pudiera dictaminar que la cantidad estipulada fuera retraída directamente de su pensión y derivada por la S. Social a una cuenta de mi madre?. Una vez disuelto el matrimonio, con independencia de lo dictaminado ¿sería posible una pensión no contributiva?
Gracias de antemano