Sí.
Las medidas paternofiliales afectan a los padres, no a los abuelos (salvo que se les nombre tutores a estos). Cualquier acuerdo que se establezca en este marco no les obliga a nada, y al estar ocupando esa vivienda en precario pueden tirarlos en cualquier momento. También al hijo, por cierto, si fuera lo que quisieran.
Gracias por la respuesta, pero si el domicilio conyugal es esa vivienda (de la abuela de la persona que se divorcia) ¿el juez en su sentencia de divorcio, si le otorga la custodia a la madre, indicará que los hijos menores deben permanecer ahí? Entiendo que sí y que la dueña de la casa debe instar un procedimiento de desahucio.
Sí, exacto. Ha habido bastantes casos donde el juez ha otorgado la vivienda ocupada en precario, propiedad de los abuelos, a la nuera y los hijos. Los abuelos por supuesto pueden desahuciarlos (aunque en un principio tuvieron que llegar al supremo y desde entonces está sentada la jurisprudencia). Un juez no debería otorgar una vivienda en esas condiciones, es un poco una "c*****" del juez hacerlo, pero bueno, puede pasar, y serán los abuelos los que llegado el caso podrían hacer valer sus derechos. En realidad (desde que está sentada la jurisprudencia) opino que va en contra de los intereses del custodio precario, porque lo pueden echar en cualquier momento pero la pensión calculada inicialmente si se otorga vivienda debería en principio ser menor, que si decide irse ya desde la separación.