En principio, conforme a la ley española nadie puede obligar a otro a permanecer en esa situación en cuanto a la propiedad de un bien, de modo que basta que uno lo solicite para que se acuerde.
Del mismo modo ocurriría conforme a la liquidación de la sociedad de gananciales (siempre en cuanto a la legislación española), cuya disolución podría solciitarse.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
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Hola,mi marido y yo tenemos un piso en el extranjero,quiero el divorcio pero él no así que no será de mutuo acuerdo, tampoco quiere disolver el dominio y me dice que jamás dará la firma para que esa propiedad se venda,"como si se pudre ahí ", dice. Yo quiero quedarme el piso ya que no tengo donde vivir y este está en mi país de origen. Puede el juez obligarle a vender o puede él hacer su voluntad ? Gracias por vuestra ayuda