En un juicio por divorcio el demandado es declarado en rebeldía al no presentarse al juicio.
Se le atribuye al demandante el uso de la vivienda y ajuar hasta la liquidación de la sociedad de gananciales. La vivienda está hipotecada y el demandado se hace cargo de la misma.
¿ Podría 10 años después la parte demandada solicitar la liquidación de la sociedad de gananciales y reclamar la parte que le pueda corresponder de la vivienda aunque esté ya cancelada la hipoteca?
El juicio por divorcio tiene como objeto la disolución del vínculo matrimonial. El régimen económico del matrimonio constituye un juicio aparte, a veces dos.