Estoy pendiente de tramitar un divorcio de mutuo acuerdo en el que la separación se tramitó en el año 2000, por aquello del régimen preexistente anterior al 2005, donde era necesario la separación para el posterior divorcio.
Mi pregunta es,
¿Este divorcio se tramita con alguna especialidad, o como un divorcio normal y corriente en el que se haga referencia en los hechos que se han separado anteriormente conforme a la normativa preexistente?