Hola Edugocu, esperot e haya servido mi respeusta, por cierto, podrias decirme lo aportaste para el empleado de hogar? es q al final se qdo el post resagado.
por supeusto q pueden, se seguira la ley procesal española, y la ley de fondo ecuatoriana, luego si existe reciprodidad entre los dos paises respecto al reconocimineto de sentencias extranjras no hara falta el exequatur, pero en caso de e no lo haya si q sera neceario para reconocer ese divorcio.
¿Pueden dos ecuatorianos (por ejemplo) casado en ecuador pero residentes en España, solicitar el divorcio aqui en España, para luego solicitar el exequatur en su país?