Buenos días, divorcio de dos argelinos, que se casaron en Argelia. Llevan en España tres años, compraron una vivienda la familiar en España, según nota simple, adquirieron para su régimen económico matrimonial no especificando cuál.
¿QuÉ régimen económico matrimonial tienen, el de su país o el de gananciales por residir en España y los bienes encontrarse en España?.
Si el matrimonio fuese en españa y los bienes fuera, se regiría el régimen económico registrado en España independientemente de donde estén situados los bienes.
Entiendo que al revés habría que remitirse a la legislación argelina para plantear el caso o bien ver el reparto que se ha realizado en la escritura de la vivienda.
En Argelia rige el régimen económico de separación de bienes, salvo que en su matrimonio en Argelia constituyeran un régimen económico distinto.. Por tanto es como si se hubieran casado en Cataluña, por poner un ejemplo más cercano.