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Divorcio con hijos mayores de edad

8 Comentarios
 
21/05/2022 09:52
mi mujer abandono el domicilio hace 18 meses, un hijo de 24 años que no siendo yo el padre si lo tengo reconocido se fue con ella, mi hija de 30 se quedo con migo, puede ella reclamarme alguna pension o algo en caso de divorcio?
31/07/2015 13:18
Por ejemplo: si el contrato de ella es a jornada completa o parcial, si llegan a algún tipo de acuerdo y el divorcio se tramita de común acuerdo (y por tanto puede que no se establezca la pensión compensatoria), o si se realiza la liquidación de gananciales y se compensa el desequilibrio mediante la adjudicación de más bienes a su esposa, o si la vivienda se adjudica en uso a ella y usted tiene que buscar otro lugar donde vivir (con el consiguiente gasto que eso le provocaría).

Hay que tener en cuenta muchos factores para saber si, en realidad, hay o no desequilibrio economico entre ustedes. No sólo se trata de los ingresos de sus trabajos, sino de más circunstancias personales, si bien para empezar, hay que hacerlo por los ingresos.

Espero haber solucionado sus dudas, quedo a su disposición.

AR.Abogada, Alicante
www.arabogada.es
31/07/2015 13:11
perdona pero no entiendo eso de factores que pueden entrar en juego, que seria en contra tambien, perdona otra vez
saludos
31/07/2015 09:09
En ese caso puede que se aprecie un ligero desequilibrio y proceda una pensión compensatoria, pero habría que tener en cuenta otros factores que pueden entrar en juego, como el uso de la vivienda, la liquidación de gananciales y demás.

Un saludo,

AR.Abogda, Alicante
www.arabogada.es
30/07/2015 11:55
Muchas gracias por vuestras contestaciones que son de buena ayuda,te contesto a continuacion de lo que me habéis comentando mi sueldo sale aproximadamente neto unos 3000 euros en 14 pagas , my mujer tiene unos 800 euros tambien en 14 pagas, los dos tenemos carreras de grado medio ingenierias
espero que con esto se aclare mas al tema
un saludo
30/07/2015 08:51
Para saber si será necesaria una pensión para los hijos mayores de edad o si corresponde una pensión compensatoria para su pareja, en primer lugar habría que conocer qué ingresos tiene cada uno de ustedes y qué necesidades y en qué situación están sus hijos.

La pensión compensatoria se regula en el código civil para subsanar un desequilibrio economico que surge con la ruptura matrimonial. Que ella esté trabajando no significa que el divorcio no le provoque desequilibrio. Imagínese, por ejemplo que ella gana 600 euros mensuales, mientras que usted gana 2500. Claramente hay un desequilibrio, por lo que procede la fijación de una pensión compensatoria a favor de su mujer, aunque, como he dicho, esté trabajando. No obstante, esa pensión, dependiendo de la edad que tengan y de otros muchos más factores, se puede limitar en el tiempo (es decir, solicitar que no se imponga de manera vitalicia).

Respecto a los hijos, dependerá. En este caso, igualmente, aunque su hijo esté trabajando, no significa necesariamente su total independencia económica. Habrá que conocer cuánto tiempo lleva trabajando, qué formación tiene y qué tipo de contrato tiene. El hijo que acaba de terminar sus estudios, por el momento sí que va a necesitar esa pensión, y cuando acceda al mercado de trabajo, habrá que evaluar los mismos factores que para el que ya está trabajando. No hay que olvidar que los padres tienen siempre obligación alimenticia para con los hijos mientras éstos no sean independientes, y sin tener en cuenta su edad.
Para saber qué pensión hay que pasar, como he comentado, hay que conocer cuáles son los ingresos de ustedes dos, del hijo que está trabajando, y las necesidades que tienen, que al ser mayores de edad y haber terminado ambos sus estudios, serán las más básicas.

Respecto a la vivienda, si no llegan a acuerdo, y dado que no existen menores, el juez puede adjudicar su uso a quien considere que se encuentre en la situación más necesitada.

También habría que estudiar la liquidación de gananciales, puesto que si el proceso lo pueden llevar de mutuo acuerdo, se puede acumular al divorcio, pero en caso de que sea contencioso, tendrá que ser dos procedimientos distintos.

Un saludo, quedo a su disposición,

AR.Abogada, Alicante
www.arabogada.es
29/07/2015 21:52
hola. como dice Lorena, los hijos son mayores de edad, no hay que pasarles ninguna pension.
Por otra parte el procesos de liquidacion del regimen economico es distinto dependiendo de si llegan a un acuerdo o no llegan a un acuerdo, el juez atribuye el uso de la vivienda a los hijos menores de edad o incapaces y al progenitor en cuya compañia queden los mismos, en este caso los hijos son mayores de edad por lo que no es de aplicacion esa normativa y el juez tendra en cuenta el acuerdo al que lleguen y si no llegara a una acuerdo decidira segun las circunstancias y el interes mas necesitado y se repartiran los bienes nombrando a un contador partidor y a un perito en un proceso
29/07/2015 15:25
Hola,

Yo creo que la pensión a los mayores de edad se estipulan cuando estan estudiando, para favorecer su formación.

A ella no tendria que darle ninguna pension compensatoria ya que trabaja y es independiente economicamente.


Divorcio con hijos mayores de edad
29/07/2015 12:36
Buenos días:
yo me quisiera divorciar y tengo algunas consultas:
1.- tenemos dos hijos en común uno de 25 años y otro de 22, el de 25 años vive en nuestra casa y trabaja con un sueldo cono esta en la actualidad y el de 23 años ha acabado la carrera y esta buscando trabajo.
el régimen que tenemos es ganancial y tenemos en común un piso (donde vivimos todos), unas plazas de garaje, un fondo de pensiones y un coche.
con respecto a esto tengo varias preguntas. mi mujer trabaja.
¿tengo que pasarle alguna cantidad por que cobro yo mas que ella?
con respecto a los hijos tengo que pasarle alguna manutención a los dos (¿como esta estipulado?)
el piso se puede vender o su vamos al juzgado sentenciara que el piso lo tenga ella en uso y disfruto
esperando vuestras contestaciones
un saludo