Buenos dias.
En estos momentos me encuentro con una nueva pareja , pero queremos casarnos .
Sucede que estoy casado con una cubana. Nos casamos en España en el 2002, luego adquirió la nacionalidad española( yo soy español). Nos separamos en el 2008 y regreso a Cuba donde reside desde entonces. Entonces me encuentro perdido en cuanto a tramites a realizar. Mi expareja cubana esta de acuerdo en el divorcio. También decir que cuando contrajimos matrimonio hicimos separación de bienes ante notario. No tenemos hijos , ni bienes en común.
Cual seria el procedimiento a seguir? Y que formulario seria el adecuado para hacérselo llegar y que lo firme?
Hay plazo al respecto?
Un saludo y gracias
El matrimonio sí, en este caso, fue registrado en españa, a través del consulado, es decir, se casaron por leyes cubanas, al tener ella la ciudadanía, pudo venir él mediante el consulado, haciendo la inscripción del matrimonio. Sobre la forma del divorcio, en principio no tengo duda, porque como he explicado anteriormente, he estado en cuba casualemente y de paso he averiguado esto. Primero transcripción del nacimiento del menor para que conste en cuba junto con el certificado de matrimonio allí. La duda que me cabe es la que he expuesto, y yo entiendo lo mismo que tú, pero no estoy segura...en relación al MF. Se entraría sobre la forma y no el fondo. Muchas gracias de todos modos por tu ayuda. Un saludo.
rlolga, no entiendo muy bien, el matrimonio en tu caso, se celebró en Cuba, pero ¿se registró aquí?, entiendo que no.
Es perceptiva la intervención del ministerio fiscal existiendo menores, ¿te refoeres al reconocimiento de la sentencia de divorcio?, en este caso, entiendo -toma esto con mucha prudencia- que no participaría el ministerio fiscal, no se entraria en el fondo del asunto, sino únicamente sobre la forma, es decir, verificar que la sentencia que pretende su homologación haya cumplido con los requisitos exigidos.
Saludos,
Con lo de 800 CUC, me refiero a la moneda nacional de cuba, equivale aquí a unos 600 € más o menos, aunque inicialmente nos dijeron unos 1000 CUC. También recuerda lo de la transcripción del menor, el nacimiento, sino allí no se podrá divorciar.
Katia, estoy de acuerdo en todo lo que has dicho. Tengo una duda, para realilzar el exequatur, al haber un menor, el MF intervendrá y al residir ambos aquí, la pensión será como en un divorcio aquí, entiendo. El caso que yo llevo, es igual pero la esposa y el hijo menor están allí residiendo. Al realizar el exequatur, el MF también puede imponer una pensión alimenticia como aquí en España, aunque estén casados por leyes cubanas y el ella y el menor estén allí? El menor es español, nació aquí y además es hijo de ciudadana española. No se si me he explicado...Gracias.
cubesp, para divorciarse en España, es necesario que el matrimonio esté registrado aquí, si no lo está debe divorciarse en Cuba.
Si no puede comparecer al acto de disolución de vínculo matrimonial (divorcio), usted podrá otorgar un PODER a favor de una persona que le represente.
1- Si reside actualmente en España y quiere divorciarse por Poder, en Cuba, deberá obtener un poder otorgado y legalizado en el Consulado cubano.
2- Para que le puedan otorgar dicho Poder, debe tener disponibles los datos personales del cónyuge cubano y de la persona a favor de quien lo otorgará, que será quien lo represente en el acto de disolución del matrimonio.
3- La persona que te represente podrá ser un familiar o un amigo, de cualquier sexo y nacionalidad, siempre que sea mayor de edad.
4- Podrá consignar en el Poder, además de las facultades para el acto de disolución de matrimonio, las que se refieren a la legalización de los documentos.
Al disolver legalmente el matrimonio en Cuba o por Poder, se le entregarán dos certificaciones de divorcio, pudiéndose legalizar cualquiera de ellas en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba para surtir efectos legales en el extranjero, mientras que la otra podría ser utilizada en el territorio nacional, y no requiere legalización.
En cualquier caso, el procedimiento, en mi opinión, es costoso, no entiendo a lo que se refiere rlolga, con que te costará alrededor de 800 CUC.
Buenos días,
Mira, estoy llevando un caso muy muy similar. Lo primero que debes hacer es inscribir el matrimonio en el Registro Civil. Te puedes divorciar en Cuba o bien aquí. En Cuba te puedes divorciar por poderes, en rebeldía, allí donde te casaste. Eso sí, debes inscribir el nacimiento de tu hijo allí en cuba, piensa que Cuba desconoce del nacimiento de ese hijo, lo debes hacer mediante el consulado de cuba aquí en españa, de la comunidad donde nació tu hijo. Una vez realizado esto podrás divorciarte, con esto y con el certificado de matrimonio en Cuba por poderes. Te costará alrededor de 800 CUC. Creeme he estado en Cuba averiguando todo esto. También te puedes divorciar aquí en España, por un procedimiento normal de divorcio, aplicando la ley cubana, pero siempre tienes que tener en cuenta que el Ministerio Fiscal intervendrá por haber un hijo menor, me comprendes no? Si lo haces en Cuba, posteriormente podrás pedir el Exequatur. Llevo 6 meses averiguando todo esto. Espero haberte servido de ayuda.
Buenos días, alguna orientación para este caso:
Soy cubano y me casé en Cuba con una cubana nacionalizada española posteriormente. Tenemos un hijo en común de 12 años con deficiencia mental moderada (unos 4 años de desarrollo intelectual por debajo de su edad) con nacionalidad española por su madre. El matrimonio no está inscrito en el registro civil español porque nos separamos a los dos días de llegar ella a España (yo vine antes), y vivimos en provincias diferentes desde entonces (7 años). Me quiero divorciar, aunque perdí mi residencia y estoy tramitando residencia por arraigo actualmente. Mi intención es casarme con mi novia española (5 años de relación y 2 de convivencia) posteriormente a obtener el divorcio.
Actualmente yo pago todo lo que se refiere a la escolarización de mi hijo (de media unos 400 € al mes), y además unos 100-150 € al mes como pensión. Pero para la madre nada es suficiente.
Es muy probable que mi mujer no acepte un mutuo acuerdo. No se si existe la posibilidad de divorciarme en Cuba por poderes y posteriormente solicitar exequatur (que creo que me lo piden para casarme posteriormente, por lo que hemos estado mirando), o si esta opción no es conveniente.
No obstante, si fuera posible creo que lo mejor sería un mutuo acuerdo en España.
¿Cúal sería el camino más corto y menos costoso? Si ella se negase a un mutuo acuerdo, ¿podría yo presentar demanda estando en situación irregular?
No tenemos bienes en común.
Comprendo la complejidad del caso. Estamos desesperados por buscar una solución.
Muchísimas gracias de antemano.