Buenas tardes. En mi caso son gananciales estamos aún en proceso de divircio, el coche está a su nombre y lo estoy usando yo pues él se fue de casa y todos los arreglos, ITV y seguro lo están pasando a la cuenta aún comun. De dicha cuenta el retiro su nómina y no hace ningún ingreso y yo no trabajo por diversos motivos ni tengo ingresos por lo que los gastos del coche me supinen tener que pedir prestado pues él no se esta haciendo cargo y alarga el divorcio mes a mes con disculpas intentando sea de mutuo acuerdo pero ahorrandose de edta formala compensatoria y adi van 7 meses. Mis preguntas son: puedo dar orden al banco de que no pasen los recibos y se pongan en contacto con el? El seguro esta por cumplir... devuelvo el recibo? Los pagos bimensuales igual. Los arreglos del coche no los quiere pagar y los pague yo, me lo debe devolver? En un principio me iba a quedar yo el coche matriculado en 2001, pero no puedo afrontar los gastos...
Mi situación es precaria y los días siguen pasando y en breve me llegan las facturas.
Que debo hacer? Muchas gracias
No veo por qué tiene que pagar nada de eso, salvo que haya resolución judicial, que sería bastante extraña, por otro lado. Si lo usas tú, hazte cargo tú, que eres la interesada.
por partes:
Si, puedes dar orden al banco de que no pague los recibos. No se a que te refieres con los pagos bimensuales... si se pidio un credito para comprar el coche y esta a su nombre, en principio le embargarian a el. Si el vehiculo esta a su nombre en el Registro de Vehiculos, las multas le llegarian a el.... pero claro, en ese caso, no lo uses tu, porque aunque se presuma que el titular es el propietario, es una presuncion iuris tantum, es decir, cabe prueba en contrario, asi que si lo usas tu, se te podrian exigir responsabilidades.
Lo que hayas invertido en el arreglo del coche no, no puedes reclamarselo, se puede considerar un regalo.... aunque ahora que lo pienso, si aun estais casados y con comunidad de gananciales, ni siquiera lo has pagado tu, sino la comunidad de gananciales...
Hola, estamos en proceso de divorcio, en gananciales, se firmo un contrato de renting de coche, quien se queda con él? ella me dice que no lo quiere, que se quiere quedar el otro que está pagado, previa tasación del mismo y que me pague la mitad, al igual que la moto que me la quedo yo. Pero el renting del coche está a mi nombre, en gananciales recuerdo, lo usamos los dos, y se está pagando hasta abril de 2025, cancelar nos piden pagar el 50% de cuotas restantes, que no lo queremos así. Entonces si yo me lo quedo ella debe pagar la mitad de la cuota?
Gracias de antemano.
En el renting no hay propiedad, es un contrato de alquiler, como si tienes una vivienda alquilada con un tiempo mínimo. Si se cancela porque ninguno de los dos lo quiere, al ser una deuda ganancial habrá que incluir la penalización como deuda ganancial, y si se mantiene el alquiler por parte de alguien tendrá que seguir pagando el que se quede con el bien, sin suponer ni un haber ni una deuda en el inventario de los gananciales, ni tendrá por qué pagar el otro nada, igual que tampoco pagas el alquiler de una vivienda si se la queda el otro. Convendría clarificarlo en la asignación de bienes, de todas maneras. Salvo mejor opinión.