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División local comercial: mitad vivienda, mitad local

1 Comentarios
 
División local comercial: mitad vivienda, mitad local
15/04/2005 18:08
ya he escrito varios mensajes y no hay form de que nadie me responda.
aqui va un nuevo intento, tengo un local comercil de 200m2 escriturado a mi nombre (por lo que pague un 7% de dchos reales). Ahora quiero hacer en la mitad una vivienda y escriturarla como tal, es decir cambiar de local a vivienda. mi pregunta es como va ahora lo de escritura, que pasos tengo que seguir y que porcentaje de dechos reales se debe pagar ahora. He oido por ahi que no son el 7 otra vez sino el 2 o algo asi. alguien me puede ayudar, por favor, estoy hecha un lio
15/04/2005 18:51
En principio, hay que ver sí la escritura de división horizontal de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad prohibe expresamente la conversión del local en vivienda, sino dice nada en principio según la Ley de Propiedad Horizontal se puede cambiar el destino de local a vivienda ( ver art.7 LPH ), aunque al respecto hay mucha jurisprudencia contradictoria relativa a la necesidad o innecesariedad del consentimiento unanime de todos los vecinos para el cambio de destino de local a vivienda o, viceversa, pero es de señalar que en el la reforma de la Ley del año 99, la redacción del art. 7 es bien clarificadora de la innecesariedad, siempre que las ordenanzas municipales lo permitan., por lo que lo primero es preguntar al Ayuntamiento, ya que a veces está prohibido ubicar vivendas en bajos. Además en su caso también hay que ver sí los Estatutos( División Horizontal) permiten la división y segregación física de su local en dos nuevos departamentos. Sí no dicen nada, se entiende que necesita el acuerdo unánime de todos los copropietarios. Espero haberle servido de alguna ayuda. En cuanto a impuestos no es mi fuerter pero las segregaciones o divisiones no pagan por transmisión patrimonial, pagan por el acto de segregación o división, acto jurídico documentado con cuantía y el tantopor ciento es bajo, menor que 7% no le sabría decir pero solo tiene que preguntarlo en el Departamento de Hacienda. Ojo! la mayoría de las Comunidades Autónomas tienen cedido el impuesto y lo gestinan y legislan ellas, con lo que ocurre que no se paga lo mismo en Barcelona o en La Coruña.