que alguien me de luz sobre este asunto.
resumiendo: se hace un edificion en 1957 y en 1959 se le deniega la licencia final de obra por no corresponderse a la memoria. pasa el tiempo, no se hacen las modificacion pertinentes, y en 1977 el promotor hace una division horizontal, donde no consta ni las zonas comunes, y en 1996 la inscribe en el registro. como pudo hacerlo? es legal? ahora , una tarraza en la azotea, que , el unico acceso es desde las escaleras comunes, aprovechando unas obras de tejado el dueño del 5º piso la junto a su vivienda con un acceso desde su vivienda. claro , dice ahora, que tiene los mismos metros con dicha terraza que los demas como consta en la division horizontal, pero en ella no consta a titulo constitutivo. la terraza es comun verdad? espero que me ayuden que tengo un lio tremendo. se puede anular dicha division horizontal? muchas gracias por todo.