Buenas tardes Oravla, para presentar la demanda de división de cosa común tienes que aportar informe pericial en el que cosnte no sólo el valor o tasación del inmueble, sino también si es indivisible o no.
en cuanto a la reclamación de las cantidades que una de las partes ha dejado de pagar, creo que puedes acumular ambas acciones ¿por qué no?, en realidad el procedimiento a elegir va a depender de dichas cuantías. ¿Se trata de un bien en copropiedad o de una comunidad de gananciales?, si es lo primero no creo que tengas problema en acumular las acciones