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Division de la cosa comun

1 Comentarios
 
Division de la cosa comun
31/05/2007 13:47
Buenos dias a todos:

Tengo una duda, que es la siguiente:

Llevo un procedimiento division de cosa comun, y me preguntaba si en la demanda puedo reclamar lo que una de las partes ha dejado de pagar.

Hay que valorar el inmueble??

Gracias
31/05/2007 18:22
Buenas tardes Oravla, para presentar la demanda de división de cosa común tienes que aportar informe pericial en el que cosnte no sólo el valor o tasación del inmueble, sino también si es indivisible o no.
en cuanto a la reclamación de las cantidades que una de las partes ha dejado de pagar, creo que puedes acumular ambas acciones ¿por qué no?, en realidad el procedimiento a elegir va a depender de dichas cuantías. ¿Se trata de un bien en copropiedad o de una comunidad de gananciales?, si es lo primero no creo que tengas problema en acumular las acciones