Lo que tendrá que hacer tu cliente, en mi opinión, es impugnar las operaciones particionales realziadas por el albacea, y pedirle responsabilidad por los daños y perjuicios que haya causado.
Tengo encomendado un asunto referente a testamento en el que se nombra un albacea y este ademas hace unas operaciones particionales ante notario que mi cliente no firma porque esta totalmente disconforme. ¿ Mi pregunta es si cabe el inicio del procedimiento de división que instituye el art. 782.1 y siguientes sobre solicitud de división judicial de herencia aunque bien es verdad no existe la figura de comisario o contador partidor pero si la de albacea ? Muchas gracias anticipadas por vuestras opiniones.