perdonar mi ignorancia, pero si el juez pregunta si una parte quiere comprar a la otra, tambien debera preguntar si la otra parte quiere vender a esta.
Si, se trata de amor propio, pero para que solo salga perdiendo yo, nos fastidiamos y perdemos las dos partes. No quiero comprarle en cuanto que la otra parte, me ha hecho la vida imposible, y me ha dejado en la calle.Yo lo he perdido todo, la otra parte no ha puesto nada, y aun asi, va a salir ganando.
saludos y gracias
Vamos a ver, lo que se hace en la practica en este tipo de juicios, que suelen ser una chorrada, es que el juez, en la vista, pregunta a las partes si una le quiere comprar a la otra. Si ambas responden que no, se tasa y se vende en publica subasta, en la que ambos copropietarios pueden intervenir pujando. Si se la queda un tercero siempre existe el derecho de retracto.
Si por el contrario, responden que sí quieren comprar la parte del otro, hace una subastilla entre las partes en ese mismo acto, y asunto acabado (el que mas pague, se queda con la parte del otro).
Por ello, en estos casos, antes que pagar abogados y esperar un juicio y perder el tiempo, es que ambos la tasen y la venden privadamente. Todo lo demas es perder tiempo y dinero. Como dije antes, los amores propios no conducen a nada en un asunto como este. No querer vender ni querer comprar no es una opción válida por irrealizable.
Se supone que si se interpone una demanda para dividir la cosa común puede ser para comprar al otro su parte o vender, no?. Se supone que en la demanda se ha de especificar qué se pretende? Quiero decir, si 2 comuneros se niegan el uno al otro a comprar o vender su parte por no llegar a un acuerdo entre ambos, qué se supone que ha de hacer el juez, tasar y a ver cuál de los 2 está interesado? Y si tasa y ambos están de acuerdo en el precio de tasación y ambos quieren comprar? ¿Qué hace el juez?.
Imagino que el comunero que interponga una demanda de división de la cosa común quiere vender o comprar indistintamente pues su intención no es otra que salir de una "comunidad", no?, por tanto la parte demandada es la que se reservaría en ese caso la opción de comprar o vender su parte una vez sea tasada por el juez y punto, no?
No hay ninguna posibilidad. Precisamente el procedimiento judicial tiene ese fin. Y permitame aconsejarle, que, dentro de lo posible, deje los amores propios a un lado y vendan el inmueble sin juicios por medio; ganarán más dinero.