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División cosa común

3 Comentarios
 
19/09/2003 23:37
Hola Diego Torre:
Lo que te ha querido decir Alberto Julio es que en la subasta se puede vender el derecho que teneis los comuneros (el de propiedad), pero el uso y disfrute (el usufructo) no se verá alterado por ello, y tu padre podrá continuar en la vivienda (y tú con él), hasta su muerte.

Quien compre en la subasta comprará con esa carga.
15/09/2003 09:31
Gracias por responder, Alberto. Pero hay algo que no comprendo bien.

Dices que puede llegar a pública subasta, entonces lo que no comprendo son los derechos que tiene mi padre como usufructuario, ¿le pagarían un % por ciento del apartamento y eso es todo?
11/09/2003 22:44
En primer lugar, nadie esta obligado a permanecer en la indivisión con lo cual, nada puede impedir que tu hermana ejercite la división de la cosa comun.-
No obstante, puedes adjudicarte la mitad que a ella le corresponde abonandosela en metalico y así evitar que llegado el caso, tenga que venderse en pública subasta. Sin embargo, has de tener en cuenta que en todo caso, el usufructo no se extinguira hasta la muerte del usufructuario y por tanto, tu padre podra seguir ostentando el uso y disfrute de la vivienda.
Un saludo.
División cosa común
11/09/2003 16:48
Tengo un apartamento a medias con mi hermana y mi padre tiene el usufructo.

Mi hermana nos ha enviado una carta solicitando la division de cosa comun. ¿Hay forma legal de evitarlo? Mi padre (80 años) y yo nos quedariamos en la calle...