Nunca se puede compensar un rendimiento de capital.
Si vendes y tienes perdidas puede ocurrir dos cosas:
A) que la venta sea inferior al año. Entonces se compensará con ganancias menores de 1 año, y si sigue habiendo perdidas, puedes compensar con la base imponible de tu renta hasta un 10% de la misma.
B)que la venta sea superior al año.Solo podrás compensarlo con perdidas generadas en más de un año.
En ambos casos tienes 4 años para la compensación, pasados esos años se pierden.
Te referiras a una accion,la compensacion solo se da cuando vendas esa accion,y si has obtenido perdidas te la podras compensar,pero esto ya es mas largo de contar.
Hola, he recibido un dividendo de una empresa cotizada y necesito saber si hay alguna forma de compensarlo en el próximo IRPF, bien por venta de títulos o de alguna otra forma. Gracias