Desde hace un año tenemos Administrador de la Comunidad cuando presentó las cuentas anuales de 2015, presenta Saldo inicial mas ingresos menos gastos igual a saldo final.
En nuestra Comunidad los coeficientes de cada piso son prácticamente iguales excepto un piso
cuya terraza está incluida en una sola propiedad y tiene mas del doble de coeficiente aceptada por el propietario.
Tengo entendido que hay un tipo de gasto que es a partes iguales y otros gastos por coeficientes de participación.
Por comodidad del Administrador todo tipo de gastos lo hace por coeficientes de participación perjudicando al de mayor coeficiente de participación.
Por poner un ejemplo la limpieza de escalera está pagando más el de mayor coeficiente cuando no lo utiliza igual que otros propietarios.
Mi pregunta es si se puede legalmente obligar al administrador a hacer el reparto de gastos tal como corresponde, aunque el se niega por que dice tendría que tener otro programa de contabilidad. En ninguna reunión se ha aprobado como hacer dicho reparto de gastos.
Mucha gracias.
Ya le he respondido en otra pregunta.
Esta equivocado.
Todo es por coeficiente.
La forma de repartir los gastos no se tiene que aprobar, ya viene indicado en la LPH.
el administrador no lo hace por comodidad, lo hace porque lo indica la ley
Muy grande tiene que ser la terraza para tener el doble de coeficiente. Tan grande o mas que el piso
amadeo2002
La terraza es muy grande y el coef. de participación es correcto.
?Porqué estas tan seguro que TODO es por coeficientes?
Sé de muchas comunidades que el reparto es a partes iguales según que gastos y otros por coeficientes y en comunidades de muchos vecinos y administradores de prestigio
Me encantaría una explicación con fundamento
Gracias
La explicación con fundamento la tiene expuesta en la Ley de Propiedad Horizontal, concrétamente en el art. 9.
Allí se establece el sistema de reparto "legal", si bien es cierto que las comunidades pueden pactar un sistema distinto ... acordándolo con las mayorías necesarias. Además de acordarlo con las mayorías necesarias tendrían que hacerlo constar en el registro para que afectará a futuros nuevos propietarios.
Voy a tratar de contestarle con fundamento, como usted dice, independientemente de que así lo estipula la ley (como ya le han apuntado antes).
No todos los pisos son iguales e incluso siendo iguales no tienen porqué pagar lo mismo. Los pagos hay que hacerlos por coeficientes de propiedad ¿Qué es eso?. El valor del pisos.Y de igual manera percibiría lo mismo por coeficiente en caso de indemnización.
Por ponerle un ejemplo. Un inmueble de 20 pisos comparémosla con una empresa con 20 accionistas. Cada accionista ha apotrado X dinero a la empresa (diferente cada uno). Cada accionista cuando hay ganancias percibe en función de sus acciones pero cuando pierde, pierde de igual manera.
Cada piso es un accionista (la vivienda tiene un valor) que en caso de peridas (gastos de limpieza, agua, luz, ascensor, etc...) debe de sufragar esos gastos en función de su valor en la empresa (valor del piso). Pero en caso de ganacia o indemnización (indemnizacion de un seguro, por ejemplo) también percibe más, ya que tiene mayores acciones (su piso es de mayor valor).
¿A pisos iguales, iguales gastos?. No necesariamete. Un ejemplo: dos pisos de 120 m2, son iguales, pero uno da a un parque y el otro siendo igual en dimensiones da a la parte de atrás a un callejon ¿Qué piso vale más?. Evidentemente el que da al parque. Otro ejemplo. Un bloque de viviendas de 5 altura sin ascensor. ¿Qué piso vale más, el del 1º o el del 5º, teniedo las misma dimensiones?. Evidentemente vale más el de 1º. Las esacleras son una barrera que la mayoria evita.
Por esta razón hay que pagar por coeficientes (que es el valor estimado del piso, el valor en accciones que usted tiene de es bloque o empresa).
Espero haberme explicado. Las leyes de forma general están bien hechas aunque no siempre las entendamos.
Estoy de acuerdo el reparto por coeficientes en según que gastos.
El ejemplo que he indicadp anteriormente en gasto de luz de escalera o limpieza portal, ?es que gasta mas luz el piso de más coeficiente¿, en éste caso el reparto debería ser a partes iguales para ser correcto el reparto.
Se cambio un vidrio de la puerta de entrada al portal, ?porqué tiene que pagar por coeficientes ?
Otros gastos por ejemplo seguro del edificio, por supuesto que se debe pagar por coeficientes, pues así se indennizaría en caso de siniestro.
Gracias
YA SE LO HAN DICHO, PORQUE LO INDICA LA lph EN EL ART. 9.1
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de
individualización.
nos guste o no es lo que dice la ley, usted podrá pensar lo que crea oportuno, pero por encima de su pensamiento está la LEY