Buenas. Soy nuevo en el foro y quería preguntaros acerca de algo similar a este caso. Mi pregunta es,la distancia mínima para construir un suelo rustico a la parcela colindante es de 5 metros no? Pero si la parcela colindante es tuya,también hay que mantener la distancia?
Puesto que no indicas qué pretendes construir la consulta es tramposa, en consecuencia, la respuesta forzosamente ha de ser generalista.
Las construcciones que son susceptibles de ejecutarse en suelo no urbanizable (rustico) previa licencia, son las propias de esta clase de suelo (aperos, almacenes, granjas, vivienda vinculada a la actividad, etc) y el retranqueo respecto de la finca colindante, el que determine el planeamiento municipal.