Desarrollo "clandestinamente" (sin autorizacion alguna) una actividad industrial en un pabellon situado en la zona de proteccion de DPMTdesde epoca anterior a la entrada en vigor de la Ley de Costas. Quier Voy a solicitar la Licencia de actividad . Deberia tambien pedir autorizacion a la administracion con competencias en materia de Costas para desarrollar la actividad en la zona de servidumbre de proteccion o he adquirido el derecho por el paso del tiempo y se me respeta (Disposición Transitoria 3ª de la Ley de Costas): En definitiva debo actuar o no frente a la Administración ? Gracias. AAP