Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Disposición de vivienda alquilada sin contrato (se aplica lau)

5 Comentarios
 
Disposición de vivienda alquilada sin contrato (se aplica lau)
16/12/2021 20:32
Buenas tardes,

Vivienda alquilada sin contrato, por no querer el arrendamiento aceptar cláusula con lo que dispone el 9.3 LAU. Se aplica la LAU.

Se necesita ahora la vivienda para familiar de segundo grado (no de primero).

¿A quién se le ocurre qué hacer para disponer la vivienda, cuando NO hay contrato y la LAU te dice que de hacerse constar en el contrato?

No se me ocurre nada.


Gracias y un saludo.
16/12/2021 22:01
¿De qué fecha es el contrato?

Formas de acreditarlo: empadronamiento del inquilino, primer ingreso de renta en el Banco, fecha de alta del contrato de luz o de gas, testifical de los vecinos...
16/12/2021 22:17
Hoplon
Es de febrero de 2019.

No está en acreditar el hecho, sino en cómo disponer de la vivienda al no existir contrato ni claúsula que diga lo que requiere el 9.3 LAU.

Es ahí la cuestión.

Gracias por el comentario. Un saludo.
17/12/2021 07:19
En su caso estamos hablando de un pariente en segundo grado y la LAU solo contempla la posiblidad en caso de parientes de primer grado.
Por tanto no puede hacerse lo que usted propone.
17/12/2021 13:03
El contrato existe, es un contrato verbal, y espero que pueda usted demostrar la fecha de entrad en vigor pro alguno de los medios que le indiqué.

Su contrato es de febrero del 2019, y por tanto anterior a la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo (por los pelos).

Según el texto vigente del art. 10 LAU en la fecha de firma del contrato, las prórrogas legales cubren tres años de vigencia.

En febrero del 2022 (faltan dos meses) puede usted requerir al inquilino para que abandone la finca. Debe hacerlo treinta días antes: yo le recomiendo que no apure y lo haga ya, ahora mismo. Si no lo hace, el contrato se prorrogará un año más.

Y no hace falta que recurra usted a la necesidad de la vivienda para un pariente.
17/12/2021 15:31
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon (sin perjuicio de mantener la respuesta que dí).