En un juicio de testamentaría, existe una cuenta bancaria, que controla el Juzgado, donde se ingresan distintas rentas, hasta que termine el proceso judicial.
Hay nombrado un Administrador Judicial.
¿Puede disponer el Juzgado de los fondos de esa cuenta bancaria para ralizar determinados pagos, sin la intervención del Administrador Judicial?.
¿Debe contar el Juzgado con el consentimiento del Administrador Judicial?.