Hola, tengo una serie de dudas. A ver..La disponibilidad horaria para realizar viajes necesarios para asistir a reuniones de trabajo, ¿cuenta como tiempo de trabajo o no?. Por ejemplo, si yo llego al aeropuerto de salida a las 6:00 para tomar un avión y regreso el mismo día como llegada a las 21:00, cuando la jornada ordinaria es de 8 horas de 9:00 a 18:00 horas con 1 hora para comer, ¿debe entenderse como una jornada de 15 horas? ¿y cómo se tratan esas 6 horas de más? un saludo.