el administrador debe ser diligente en su actuación al frente de la empresa, tú como socio puedes controlar la gestión solicitándole rendición de cuentas, y en caso de que no aceptes la gestión, proceder a denunciarle pues su responsabilidad se prolonga más allá de la disolución. Sobre todo, si estimas que ha actuado negligentemente, solicitales la documentación de las gestiones realizadas, las cuentas de la sociedad, y con todo ello podrás denunciarle,
Buenos días Salvador,
Gracias por tu respuesta. Mi preocupación radica en que en estos 3 meses que tiene como plazo para la liquidación de la sociedad pudiese hacer uso indebido y personal de activos de la empresa de manera que fuese en este periodo continuando con el disfrute y uso personal de bienes de la sociedad dejando el importe a liquidar y repartir entre los socios bastante mermado. Se trata de una mercantil mediana y en estos momentos la gestion radica en cobrar las deudas de clientes pendientes e ir pagando a vencimiento las deudas que ostenta la mercantil hacia sus proveedores. Para ello no es necesario personal, renting de vehiculo, varias lineas de telefono y demás gastos que se están imputando es estos momentos. Todos estos gastos son fruto del desvio a través de terceras personas afines al administrador y propio administrador con fines personales. Mi pregunta es si yo como socio al 50% de una empresa en proceso de liquidación puedo impugnar o si el administrador está en su derecho de proseguir con estos gastos innecesarios a todas luces estando la sociedad en un proceso liquidatorio y habiendose nombrado liquidador de la sociedad (para evitar que un tercer liquidador nombrado en junta pudiese informar de la gestion llevada con anterioridad y tapar posibles deslealtades hacia la sociedad y a mi como socio), con lo que entendemos que para su tamaño su sólo actividad sería más que suficiente.
si se ha acordado la disolución, y si no se dice nada en contrario en los estatutos, el administrador pasará a ser liquidador, con la obligacion de liquidar la sociedad y luego satisfacer la cuota resultante a los socios. en 3 meses desde la adopción del acuerdo, el liquidador debe hacer el inventario de bienes y derechos y deudas sociales. Si no hiciese la liauidación, deberas demandarle judicialmente.
mas info en: www.sanm.es / salvador.garnes@sanm.es
Buenas tardes a todos,
El motivo de mi consulta es el informarme acerca de los trámites de liquidación de un S.L. La situación actual se trata de dos socios al 50% de propiedad en una S.L la cual por discrepancias graves hemos decidido la disolucion y liquidación de la S.L. Mi consulta es si en este caso mi socio el cual ostenta la administración unica y que a nuestro entender está haciendo un uso indebido de los activos de la empresa, motivo por el cual se decidió la disolucion (hay una denuncia pendiente de resolución en el juzgado de nuestra localidad por una administración desleal). Actualmente ya firmado el acta de disolución necesitaría saber si mi socio puede seguir manteniendo en plantilla a personal afin a él con motivo de seguir a través de ellos desviando fondos, el mantener activos contratos de renting para el uso exclusivo de vehiculos cuyo uso debería de ser la labor comercial pero que dada la situación de liquidación de la mercantil no corresponde ejercer, altas en varias líneas de teléfono, gastos varios etc. Por otro lado niega el acceso a mi persona y asesores de mi confianza a las instalaciones de la mercantil a verificar que los datos que nos proveen son exactos y no están manipulados tal y como sospechamos.
Agradecería vuestros valiosos comentarios al respecto.