Buenas tardes,
Tengo entendido que el capital de una sociedad que fue creada durante mi matrimonio, no se puede trasladar a otra sociedad nueva por la separación. Se debe hacer primero la disolución de la anterior. Ese es el modo en que mi ex marido quiso pasarme los bienes gananciales para no pagar las transcripciones. Me gustaría saber si estoy en lo cierto para poderlo argumentar con base legal. Muchas gracias y un saludo.
Buenos días:
Al no existir contrato de prestación de servicios por parte del proveedor, yo acudiría a ellos de buena fe en principio, enviándoles la baja fiscal y rescindiendo sus servicios y que cancelaran los pedidos previos en curso, además de comunicar a la entidad bancaria que cancelara la domiciliación sepa.
Sino aceptaran ya serian trámites legales que le podría solucionar nuestro departamento legal.
Hola. Ante todo os agradezco vuestra labor. Cuando he tenido problemas he recurrido a vosotros y siempre me habéis ayudado. Hoy mi consulta no se si esta bien situada dentro de las temáticas del foro. Si no es así os ruego me digan donde plantearla. Hace do años he formado una sociedad civil particular con una colega para montar un negocio. Lamentablemente no ha funcionado y estamos tramitando su disolución . El negocio era una zapatería digo esto para explicar un poco la situación. El género se ha de comprar con un año de anticipación (cuando acaba una temporada se ha de hacer el pedido para la del siguiente año). La cuestión es que ahora nos vemos.en la necesidad de cerrar porque el negocio no funciona y mi.pregunta es si puedo cancelar esos pedidos. No tengo ningún contrato donde poder leer las condiciones, para darte de alta solo nos pedían los papeles de la.sociedad y firmar un sepa. Espero haberme explicado bien. Gracias por leerme y ayudarme