Hola buenos dias. Espero que alguien pueda ayudarme un poco. Una vez acordada la disolución de una sociedad mediante la preceptiva convocatoria de junta general conforme al art. 102 LSA, de cuanto tiempo se dispone para la inscripción del acta de dicha Junta en el Registro mercantil conforme al art. 263 y 264 LSA?
Por mas que busco no encuentro nada, a ver si me podeis echar un cable. Gracias de antemano.
Bueno, ya lo he encontrado y como veo que nadie ha respondido todavía, igual les sirve tambien la información. El plazo de tiempo son ocho días desde el acuerdo de disolución tomado en junta general, de conformidad con el art. 26.3 del CCom.
Saludos.