Hola, tengo una sociedad civil al 50%, estamos llegando a un acuerdo para disolverla, quedandose mi socia con todo incluso las deudas y dandome la parte invertida por mi.
El acuerdo me lo ha redactado mi abogado, pero a partir de que lo firme no se que pasos tengo que dar para darme de baja en todo (desaparecer por completo mi relación con la sociedad).
Me han dicho que dar de baja la sociedad me iba a acarrear gastos y me gustaria saber si sabéis cuánto. Tambien me han dicho que dándome de baja en todos sitios, hacienda, seguridad social... puedo dejar morir la sociedad sin necesidad de darla de baja y ahorrarme los gastos. Es así?
Si habéis llegado al acuerdo de disolución y de liquidación, no habrá problema alguno. La sociedad debe darse de baja en la Comunidad Autónoma correspondiente (modelo 600) aportando el acuerdo de disolución.
A continuación se debe dar de baja la sociedad y los socios en la Agencia Tributaria (modelo 036).
Los que estén de alta en la seguridad social deben darse de baja también.
Es un proceso sencillo y rápido. A la sociedad sólo puede darla de baja el administrador.
En el modelo 600 deberás tributar un 1% del capital social que no creo que sea muy elevado. El resto de los trámites son gratuitos si los haces personalmente.