Se desea disolver una S.L con ciertos activos inmuebles.¿Qué impuestos debemos pagar?¿Cómo tributara en cada uno de los socios al recibir estos inmubles?
Tal y como lo planteas, sin saber la causa de la disolución ni qué tipo de inmuebles son, en principio deberá de pagar en la Consejería de Economía correspondiente, el Impuesto de Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Cada socio tributara en función del precio que se le asigne al bien que adquiera, no va en función del porcentaje de participacione sino en el precio del inmueble adquirido.
Gracias,te amplio información.
Se trata de la venta de un terreno que pasa a ser urbanizable y me han indicado que quizás resulte más barato disolver la sociedad pasando el terreno a los socios y posteriormente verderlo (Se escritura un año después del contrato de compra-Venta).
Creo que es un poco rocambolesco ¿me puedes indicar la veracidad de la Información? O si por el contrario ves alguna solución más optima para evitar el excesivo pago de impuestos