Tengo un grave problema con mi empresa, al estar obligados a disolver la scp en 2017, y pasarnos a sl, tengo que renovar el contrato de alquiler del local. El problema es que, quieren hacer una reforma completa del edificio y por ese motivo han "echado" a todos los inquilinos del bloque.
Sospecho que estaban esperando a que disolviéramos la empresa para no renovarnos el contrato.
De ser así, existe alguna vía o posibilidad en el que estén obligados a renovarnos teniendo en cuenta que hacemos el cambio de modalidad de empresa porque estamos obligados...
Nos hemos dado cuenta de esto un poco tarde y apenas nos queda tiempo para solucionarlo
Problema peliagudo, lo primero revisar detenidamente las clausulas del contrato y en función de estas estudiar si es mejor disolver la SCP o resulta mejor transformar en SL.
Si la sociedad civil se transforma en SL o SA:
El propietario de local no podrá resolver el contrato a no ser que en el contrato firmado hubiera algún tipo de clausula (poco habitual), sobre la prohibición de la transformación de sociedad civil a sociedad anónima o Limitada.
Tampoco se podrá resolver el contrato si se hubiese prohibido en el contrato genéricamente la cesión o traspaso si no se menciona explícitamente la transformación.
La transformación permitirá al propietario aumentar la renta a la sociedad en un 20% y en un 15% si el contrato es anterior al 1 de enero de 1995. A no ser que en el contrato se pactaran condiciones diferentes.
Si la sociedad civil se liquida:
Si la sociedad civil se liquida y los socios constituyen una SA o SL que va a seguir explotando el negocio, entonces sí que se produce una cesión del contrato de alquiler, y en este caso sucede lo siguiente:
Si el contrato de alquiler de la sociedad civil es anterior a 1995, la ley permite la cesión siempre que sea onerosa y se haga de acuerdo a los requisitos de notificación previa al propietario, otorgamiento del traspaso en escritura pública etc. La cesión gratuita del contrato sólo es posible si se pactó con anterioridad.
Si el contrato es posterior a 1995, la ley permite la cesión y el propietario puede aumentar la renta en un 20%.
Recomendamos siempre mirar las condiciones que se pactaron en el contrato.
Por lo tanto si la sociedad civil tiene un local en alquiler, el propietario tiene derecho a aumentar la renta o a resolver el contrato. Es muy importante que se revise el contrato y que se hable con el dueño del local, para llegar a un acuerdo.
(Fuente Elena Garcia)