Después de haber leído todos los post, mi recomendación una vez que ya tenga abogado es tratar de llegar a un acuerdo con sus inquilinos. La vía judicial en su caso no está clara.
En el perfil público, "info general" puede usted acceder a la ventana "ver perfil profesional" de cualquier forero, no sólo el mío, y puede usted pinchar en la pestaña "ver contacto" y obtendrá los datos.
Hola de nuevo. He visto en tu perfil que eres abogado.
¿Tu podrías llevarme éste caso? ¿cuales serian tus honorarios?
Gracias de antemano por tu respuesta.
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
Jose1747: tiene que ser especialista en derecho de arrendamientos urbanos, pero le anticipo que veo muy difícil que eso se arregle "hablando". Lo más probable es que tenga que ir a juicio.
Muchas gracias por la respuesta Hoplon.
Supongo que eso haré, en esta misma página he visto que hay abogados, escribiré a dos o tres y pediré un presupuesto. ¿qué especialidad ha de tener el abogado para este tipo de asunto? ¿civil, empresa, penal ... etc? Disculpen mi ignorancia.
Nuevamente Gracias.
Dada la contradictoria redacción de la cláusula 3.1 del contrato que usted transcribe, yo creo que puede usted exigir el cumplimiento íntegro del plazo de un año.
Le recomiendo que la negociación la lleve un abogado, pero no puedo anticiparle lo que le cobrarán, porque hay libertad de honorarios: pida un par de presupuestos.
No vender no es una circunstancia de fuerza mayor.
Hola itoito, quería preguntarte ¿que sería una causa de fuerza mayor?
El arrendador esgrime que no vende en la tienda lo que tenía previsto y que tiene que pagar a su obrero y no le renta.
Hola, buenas tardes. Primero de todo, decir que lo he posteado en otro foro abierto.
Espero no lo haya hecho mal.
Me esta ocurriendo lo siguiente con el arrendatario.
Firmamos un contrato de arrendamiento el uno de febrero de 2022, con una duración obligada de cinco años y un año de obligado cumplimiento.... cito testualmente
"""PLAZO DE VIGENCIA
3.1 El contrato entrará en vigor en la fecha 1 de febrero de 2022 con una duración inicial obligatoria de CINCO AÑOS a partir de la fecha de entrada en vigor del Contrato, siendo el PRIMER AÑO DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.
3.2 El contrato se prorrogará tácitamente en cada anualidad........etc"""
El arrendatario me dice que se queda un mes más a cambio de un mes de fianza y que luego se va.
¿le puedo hacer cumplir los cinco años? ¿le puedo hacer cumplir el AÑO DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO?
¿Le puedo reclamar un mes de alquiler por cada año incumplido de los cinco años, como dice la LAU, osea cinco mensualidades?
No me cierro contratar el servicio de un abogado para hacer de mediador o a malas llegar a juicio.
Saludos y Gracias.
Al ser un contrato distinto a vivienda, prima el libre pacto, por lo que si han pactado un año de obligado cumplimiento, a no ser que por causa de fuerza mayor, no pueda cumplirlo, debe hacerlo y sí puede pedirle los meses que queden por cumplir
Gracias.No sé si comprendo bien su expresión :"si.........entonces ríndase y posiblemente le devuelvan el local".
Aquí, Rendirse quiere decir que le devuelva los mil euros de fianza ???
Mi respuesta es NO, no tengo intención de ello.
Gracias.No sé si comprendo bien su expresión :"si.........entonces ríndase y posiblemente le devuelvan el local".
Aquí, Rendirse quiere decir que le devuelva los mil euros de fianza ???
Mi respuesta es NO, no tengo intención de ello.
No estoy seguro de haber entendido bien su consulta, dadas las dudas que me suscita la ortografía que usted utiliza.
Pero creo que no debe usted ceder a la extorsión, y es mas, debe usted acompañar el burofax recibido a la demanda de desahucio. Siempre que su economía se lo permita.
Si no puede usted soportar las pérdidas económicas, entonces la cosa está clara: ríndase y posiblemente le devuelvan el local. Pero intente que no le cojan el dinero y luego le pidan más.
BTardes.Gracias Hoplon, y leonjbr.
Aunque voy a contratar un abogado estoy muy preocupada x el contenido de un burofax de los inquilinos adelantado x correo.e:
Me comunican que no van a dejar el local como arrendatarios aunque lo vaciaran xa q las obras ( pinturas) no se estropen , hasta que AL MENOS les devuelva la fianza de mil euros q entregaron de buena de.Y advierten que se están pensando si reclamarme Indemnización x la inversión q hicieron en el local y los daños sufridos.
CONSULTA:
Voy a perder la renta ménsulas más la fianza el deterioro del local x estar cerrado el horror de instalaciones q han hecho y q acepté x ser un contrato largo plazo??????
Tengo la casi seguridad de q se han ido a un local que querían desde el principio.
Si pudiérais decidme sobre esta posibilidad de pérdidas, xfavor.