Hola JALIBERRY. SALVO que en el contrato se pactase la facultad de los arrendatarios de DESISTIR del contrato con o sin penalización, estarán obligados a cumplir el perido que reste.
Otra opción es que negocien con su Arrendador la resolución del contrato de mutuo acuerdo.
Somos tres personas que el 1 de junio de 2008 alquilamos un piso. Ahora, el 1 de abril de 2010, dos de las tres personas que estamos en el piso, queremos disolver el contrato. No tenemos muy claro si nos podríamos ir, sin problemas, o hay que esperar hasta el 1 de junio para poder disolver el contrato.
Si me pudierais ayudar, os lo agradeceria.
Saludos.