No sé qué circunstancias podrían alegar: mi edad, como digo, es muy similar a la de mi mujer, ambos historiales médicos, al momento de firmar el contrato, eran el de una lechuga, ambas profesiones son muy similares en cuanto a riesgos (oficina, básicamente), en fin...
Dices que puedo pedir que lo revisen, pero no es solamente eso: es que si se demuestra el factor discriminatorio, diría que procede el extorno del exceso de cuota desde la vigencia de la ley modificada, ¿cierto?
Puedes pedir que lo revisen si están aplicando un criterio discriminatorio, por supuesto. También puede que te digan que es por otras circunstancias y no por esa (edad, historial médico, profesión...). Eso ya...
Hace casi veinte años que mi mujer y yo contratamos sendos seguros de vida por idéntico capital asegurado. En ese tiempo, la aseguradora estableció diferencias de cuota por ser hombre y mujer, y puede ser --no recuerdo exactamente-- que por oficio (Informático y Jefa de Sección del Metal, aunque me parece que las diferencias en este caso eran poco relevantes).
El caso es que a día de hoy pago más del triple de cuota que mi mujer, con una subida anual de casi 50 euros (sin avisar), y solamente soy dos años y medio mayor que ella. Pero resulta que me entero de que la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece desde la modificación en 2013 de su artículo 71.1 que "Se prohíbe la celebración de contratos de seguros o de servicios financieros afines en los que, al considerar el sexo como factor de cálculo de primas y prestaciones, se generen diferencias en las primas y prestaciones de las personas aseguradas". Y en el 72.2 que "En el ámbito de los contratos de seguros o de servicios financieros afines, y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 10 de esta Ley, el incumplimiento de la prohibición contenida en el artículo 71 otorgará al contratante perjudicado el derecho a reclamar la asimilación de sus primas y prestaciones a las del sexo más beneficiado, manteniéndose en los restantes extremos la validez y eficacia del contrato".
Mi pregunta es si puedo hacer efectiva dicha reclamación, teniendo en cuenta que el contrato es anterior a dicha modificación.