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Discrepancia entre catastro y registro de la propiedad

5 Comentarios
 
Discrepancia entre catastro y registro de la propiedad
06/05/2021 08:55
pongo este post aquí, aunque no tengo claro si corresponde. No obstante, agradezco de antemano las respuestas

quiero comprar una casa y he pedido una nota simple. En la nota simple, la referencia catastral es correcta, pero describe una finca diferente a la que corresponde. Digamos que describe la finca 31, que linda con la 30 y la 32 blablabla y en realidad es la finca 30, que está correctamente descrita en el catastro y corresponde con la cartografía perfectamente

que hay que hacer? pedir que se corrija esa descripción o que se subsane cuando se haga la nueva escritura en la compraventa???
06/05/2021 12:06
Tiene usted que pedir al vendedor que arregle el ajuste entre catastro y registro, porque las consecuencias de esa desconexión son muchas y algunas de efecto inmediato, como el correspondiente IBI. No compre un problema.
07/05/2021 06:36
Grisolía
Muchas gracias por tu respuesta
Y como es el procedimiento de subsanacion???
Cuanto se tarda???
07/05/2021 08:11
Lo primer que tiene que comprobar es que, efectivamente, la finca a comprar se corresponde e con la que figura inscrita en el Registro de la Propiedad, en cuanto a descripción y ubicación. Si esto es así, el propietario ha de solicitar una rectificación en el catastro, la cual llevará un tiempo (no se sabe cuánto) porque han de reasignar todas las referencias del edificio, pues su caso está equivocado porque el número se lo han dado a otro vecino. No es difícil, pero sí algo laborioso.
07/05/2021 08:41
Grisolía
Lo que está mal es el registro de la propiedad
El catastro es correcto
La referencia catastral es igual
Pero en el plano del catastro hay una parcela 30 en el mapa
Y en el registro dice que es la parcela 31
Pero es seguro que el catastro es lo correcto, porque todas las demás fincas de alrededor están bien descritas
Además la dirección es correcta en ambos documentos
07/05/2021 10:55
Si esa parcela está integrada en propiedad horizontal, es precisa una escritura subsanatoria otorgada por el 100% de los propietarios. Si se trata de una parcela independiente, tiene usted intercambiados los datos con un vecino que ha de concurrir a notaría a otorgar la correspondiente escritura.