empezaré por decirte que son muchas, y en muchos ayuntamientos, las infracciones que, por tratarse de obras legalizables, no acaban en multa ... sino que los expedientes se mueren tras la regularización
es verdad que la Ley del Suelo, la hace años estatal y las ahora autonómicas que conozco (no conozco todas), indican que las infracciones SE SANCIONARÁN, e indica la banda dineraria en que habrá de aplicarse la infracción en función de su gravedad (la que también marca) ... y en este sentido sólo cabe interpretar que el ayuntamiento ESTÁ OBLIGADO a sancionar ... pero no es menos verdad que casi todos vemos correcto eliminar la sanción cuando no existe una probada mala fe por parte del infractor y/o colabora diligentemente a la restauración de la legalidad asumiendo los costes correspondientes
en todo caso, pero fundamentalmente si con las irregularidades de tramitación se ha privado a alguien de hacer alegaciones en defensa de sus intereses (si se ha producido indefensión), supongo que habrás de ir al TCA contra el Ayuntamiento de Madrid, pidiendo la nulidad de las licencias y de la legalización, y exigiendo la aplicación de las sanciones reguladas en la ley ... independientemente de si lo denuncias a la Junta o si es convocada ante el TCA
Realizada una denuncia de unas obras que no han cumplido la Ordenanza de Tramitación de licencias del Ayuntamiento de Madrid en varios puntos (comunicación, plazos, procedimientos, etc.), la Junta de Distrito ha procedido simplemente a legalizar la obra sin imponer ninguna sanción a los responsables, a pesar de que en la denuncia se citaban de forma expresa los incumplimientos y se pedía la adopción de medidas sancionadoras. El tema es sospechoso de trato de favor, prevaricación o negligencia. ¿Cuál sería la mejor forma de actuar para conseguir que la Junta aplique la Disciplina Urbanística e imponga las sanciones que correspondan a los responsables?