Soy una persona discapacitada con un grado reconocido de minusvalía del 34%. Fui contratada por mi empresa bajo un contrato Conversión a Indefinido de Personas con Discapacidad, el cual está bonificado en las cuotas de la Seguridad Social, beneficiándose mi empresa de unos 6000 euros/anuales aproximadamente por el mismo.
Mi empresa siempre ha respetado, durante los cinco años que llevo en ella, que los traslados fueran dentro de Murcia y alrededores, pedanías cercanas a casa, ya que por mi discapacidad el conducir distancias largas lo tengo contraindicado bajo prescripción médica.
Por otro lado, al poco tiempo de entrar en mi oficina, empezé a sufrir conductas de Acoso Sexual, y derivadas de este, un acoso moral o mobbing por parte del director de la oficina, generando un entorno hostil, en el que se me hizo muy dificil seguir trabajando, llegando a solicitar ayuda a los sindicatos y hablar con antiguos compañeros pidiendo consejo ante esta situación tan grave para mí. Finalmente solicité el traslado dado que no veía salida a esa situación tan tensa que se había creado en la oficina hacia mi persona. Al tiempo, anulé la orden dada la precaria situación de mi empresa y por miedo a que me enviaran mucho más lejos.
Recientemente al incorporarme de una baja laboral producida por este estado de estrés y ansiedad, sin previo aviso, me comunicaron que tenía que hacer efectiva esa misma mañana el traslado a Alicante.
Hablé con el superior directo, para implorarle que por favor no lo hiciera debido a mi discapacidad y a que precisaba así mismo mis adaptaciones.
Me dijo que el se encargaría de que me llevaran las mismas pero que no habían plazas en Murcia, y que debía aceptarlo, y una vez allí volver a solicitar el traslado de vuelta a casa. Finalmente me dejaron a 45 minutos de mi casa.
En ningún momento se me hizo la valoración del puesto de trabajo desde mi entrada en esta empresa, así como tampoco se me dió el preaviso necesario de 30 días. La empresa se ampara en que por convenio pueden desplazar a los trabajadores cuando a ellos les plazca a 25 km desde su centro de trabajo. El problema es que no hay normativa específica para personas con discapacidad en este convenio, y no han contemplado que no pueden hacerle esto a una persona que sufre un problema de salud como el mío.
Según el artículo 25 de la LPRL dice:
Artículo 25. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.
1. El empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de éstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias.
Así mismo también dice en la Ley de Infracciones y SAnciones de Orden Social Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto,
Son infracciones muy graves:
12.12 Las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones de trabajo, por circunstancias de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa o lengua dentro del Estado español, así como las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.
He puesto denuncia ante la Inspección de trabajo, ya que el traslado me ha ocasionado secuelas físicas dado el largo trayecto diario, así como las tareas que se me han asignado no apropiadas para mi problema de discapacidad.
Actualmente estoy de baja, recibiendo tratamiento físico y psicológico contra el estado de ansiedad, estrés que me ha generado esta situación.
He presentado papeleta de conciliación en el smac, denuncia a la Inspección de trabajo y recurso al defensor del puebo.
Aún estoy esperando la fecha de la conciliación y en caso de no llegar a un acuerdo necesitaría un abogado que confíe plenamente en mí y en mi caso para que me defienda en la conciliación y en el juicio si se celebra finalmente.
Tengo algunas grabaciones para demostrar el mobbing sufrido , aunque se que estos temas pueden ser muy difíciles de probar, pero realmente necesito a alguien que me defienda.
conocen a alguien que pueda ayudarme?
Muchas gracias.
Por las 10 últimas líneas de tu escrito queda claro que has dado los pasos adecuados para afrontar tu delicada situación. ello me hace suponer que detrás de la denuncia ante la Inspección, Papeleta de Conciliación( y posible demanda) hay un profesional que se hace cargo de defender tus derechos.
Por ello creo que debes estar tranquilo por que todo va bien enfocado.
Esa es mi opinión.
Hola, gracias por tu respuesta. En realidad he ido a tres abogados diferentes y ninguno se ha querido hacer cargo de mi caso. Hay demasiados temas envueltos en mi caso, y parece no haber nadie dispuesto a defenderlos. He sido yo, la que he investigado por mi cuenta, y para que no se pasaran los plazos he decidido seguir los pasos anteriormente mencionados. Por eso he puesto este anuncio aquí para ver si hay algún experto o algún abogado que sea de Murcia y se pueda hacer cargo definitivamente de mi caso, ya que me veo en el Acto de conciliación sola.