El juzgado puede embargarle todos sus bienes y derechos presentes y futuros hasta la completa satisfacción del acreedor. Ahora bien: éste tiene que pedirlo. Si tiene conocimiento de que usted recibirá la indemnización, sin duda lo hará. Si no lo sabe y además la cuenta de ingreso no está embargada, podrá cobrarse lo suyo.
Hola, quería preguntar me tienen que pagar una indemnizacion por un accidente, esta va ir al juzgado y queda allí consignado o algo así, tengo una deuda y todos los meses me están descontando en la nómina por resolución judicial, ¿puede el juzgado cuando consignen el dinero de la indemnización para pagarme, embargarlo? muchas gracias de antemano y un saludo.