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Dimisión voluntaria trabajador

2 Comentarios
 
01/03/2004 12:02
Muchas gracias, Alfred.
Dices que en el finiquito, además de lo que yo decía (las pagas extras y el salario devengado hasta el día de la baja), ha de constar las "vacaciones no disfrutadas".
Yo, en teoría hago vacaciones durante el mes de agosto entero. ¿Debo contar entonces los días de vacaciones que me correspondería hacer si dejo el trabajo, por ejemplo el 15 de marzo, y calcularlo en dinero? Muy agradecido por tu ayuda.
01/03/2004 10:49
El plazo de preaviso para el caso de dimisión del trabajador debe venir fijado en el convenio colectivo; si dices que son 15 días, estos, de no especificarse en el convenio lo contrario, son días naturales. Respecto a los conceptos de que deben integrar el finiquito, serán los salarios devengados hasta el día de la baja, así como la parte proporcional de pagas extraordinarias y vacaciones no disfrutadas correspondientes al presente año.
El importe del finiquito será el mismo ya sea la baja en la empresa por dimisión o por excedencia. El hecho de que una persona en excedencia comunique a la empresa que no le interesa volver, no tiene mas efecto que la renuncia al derecho al reingreso en la empresa, pero el finiquito ya habrá sido abonado con anterioridad.
Dimisión voluntaria trabajador
01/03/2004 10:25
Deseo dejar de trabajar en la empresa donde estoy y quisiera hacer las cosas bien: debo dar quince días de preaviso ¿son días naturales? (es decir ¿dos semanas?). ¿Debo comunicarlo por escrito y pedir que me firmen una copia?. Y si no estoy equivocado lo único que ha de constar en el finiquito debe constar lo que corresponda de la mensualidad en la que esté y la parte proporcional de la paga de vaciones y de navidad (ya que no me las prorratean). ¿Es así?
En el supuesto que consiga que me arreglen el paro y conste como un despido, tengo una duda.

Creo que yo no tengo derecho a cobrar el paro ya que además de estar asalariado tengo un negocio. Si un día cierro el negocio ¿tengo derecho a cobrar ese paro que ahora no puedo cobrar?.

Una última duda: ¿qué diferencia habría con solicitar mi dimisión y solicitar la excendencia voluntaria? Si solicito la excedencia..¿también me pagarán ahora el finiquito o me lo pagan si un día les comunico que doy por finalizada la excedencia porque no me interesa volver?

Muchíiiiisimas gracias. Estoy un poco perdido...