Pues al figurar individualmente cada plaza de garaje con su correspondiente coeficiente, en lugar de venir todas las plazas en conjunto con un unico coeficiente, con lo cual seria una unica propiedad. El propietario si esta obligado a contribuier al mantenimiento del garaje
Gracias Amadeo 2002 En el articulo 13. 7 dice: los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año.
Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria.
y en esa junta se voto la dimisión del presidente, ósea que hasta hay todo legal y ya comente que esta solucionado. en la escritura de la finca van las plazas de garaje local y viviendas cada uno con un porcentaje de participación.
Habria que saber como estan reflejados los garajes en la escritura de obra nueva, si vienen como anejos, o bien si el garaje figura como una propiedad mas
Cuando Fibroton le dijo que no podia dimitir, llevaba toda la razon, art.13.2
El queria decir que un presidente no puede dimitir si el lo desea. Otra cosa es que toda la comunidad estubiese de acuerdo.
Es legal que en una comunidad con 19 propietarios de pisos un local comercial y 20 plazas de garaje, el que no quiso, o no pudo comprarla la plaza de garaje esta exento de pagar los gastos de limpieza y conservación del garaje, aduciendo que no tiene plaza.
Fibroton buenos días, el presidente ha dimitido y la junta de propietarios lo ha admitido. aunque tu digas lo contrario respeto tu punto de vista pero es legal lo que ha hecho,
Tema dimisión resuelto y aceptada por la junta en la misma reunión hay un propietario que dice que como no tiene plaza de garaje que no tiene que pagar los gastos del mismo limpieza, conservación etc., etc. ¿es legal?
Hola de nuevo si efectivamente el tema de la dimisión esta resuelto, Es posible que me explicara mal, lo que quería decir es que se inicio la reunión y el presidente que dimitía no tenia constancia de ese punto del día pues me consta que mando el burofax solo con la pretensión de que se convocara la junta con ese y único orden del día
Gracias de nuevo.
Veo que el problema de la dimisión del presidente ya está solventada y por ello no lo voy a tratar. Lo segundo, decirle que, los puntos a tratar (o mejor votar) han de estar en el Orden del Dia, sobre el resto de puntos, se puede hablar de ellos para tratarlos y votarlos en la próxima junta eso es conocido por cualquier Administrador; otra cosa es que de forma coloquial se pueda llegar a un acuerdo si los presentes o ausentes (que posteriormente no manifieste su oposición) se haga, y siempre que no sea un tema de especial relevancia, aunque con riesgo de demanda etc...Por ley no se pueden tomar acuerdos que no esté expuestos en el Orden del Dia.
Buenos días,
El presidente mando un buro fax al administrador comentando la posibilidad de hacer una junta para su sustitución. en la reunión acordaron su sustitución, el vice presidente acepto el cargo y se paso a votación, de 15 comunitarios solo fueron 8 el resultado fue de 3 si 3 no y dos abstenciones. el caso es que en el primer punto del día había un tema que ni el presidente tenia constancia ni verbal ni por escrito, es legal incluir punto que no haya propuesto el presidente.
Gracias un saludo