Mi pregunta es que una vez interpuesta y realizada con éxito unas determinadas diligencias preliminares del art. 256 y s.s. LEC, ¿es obligatoria la interposición del proceso posterior? y ¿la fianza que se deposita se devuelve una vez que han concluido las diligencias?
hola, veo que has interpuesto diligencias preliminares James Bond, tengo algunas dudas, ¿Es necesario Procurador?y ¿puedes pedir varias o solamente una de las del 256 LEC. Necesito saber los integrantes de una comuni de bienes y si tienen bienes para responder de deuda ¿como lo hago ? gracias
Si que es necesario obligatoriamente Abogado y Procurador. En cuanto a las medidas se pueden solicitar mas de una, aunque hay que tener en cuenta que cuanto más de se pida, la fianza que acuerde el Juez será en principio mayory habrá que tener en cuenta las consecuencias que vendrán después, a la hora de interponer o no la demanda declarativa.