Tengo una duda, cuando un atestado policial, entra en un juzgado se le da el nombre de diligencias previas.
Alguien podria decirme que nombres le da con posterioridad a esas diligencias, segun haya autor conocido o no u otras circunstancias? o los diferentes archivos como se llaman?
Por ejemplo tengo entendido que unas diligencias previas, si el autor del atestado no es conocido,el juzgado hace un sobreseimiento provisional.
Agradecia vuestras respuestas o donde poder encontrar esta informacion.
¿Cuando se habla de sumario pasa lo mismo que con las diligencias previas?
Gracias
Un atestado policial, se calificará como falta o delito. En el caso de ser delito, obviando el asunto competencial, se incoan diligencias previas, que se tramitarán o bien se archivaran cuando p.E.No hay autor conocido s.P. , el delito no está debidamente justificado, (art. 641 lecriminal), archivo por no ser hechos constitutivos de delito, archivo con reserva de acciones civiles por tratarse de hechos que competen a la jurisdicción civil. en la ley de enjuciamiento criminal encontraras respuesta .