Tras la presentación de una querella por denuncia falsa y estafa procesal el juzgado de guardia a hecho providencia, indicando en ella que se habran diligencias indeterminadas y la ratificación y "declaración del querellante".
La pregunta es si es posible, legalmente, pedir la declaración de las partes en unas diligencias indeterminadas. No deberían de ser diligencias previas?