La parte que la ha solicitado (y si es que se la admitieron) puede solicitar que se práctique dicha prueba so pena de alegar indefensión y recurrir la sentencia.
una cosa es que se solicite, y otra que se acuerde. Si el Juez ya está suficientemente instruido, dicta sentencia directamente sin mayor problema. Quien lo haya solicitado, podrá reproducir su solicitud de prueba en segunda instancia si recurre.
En la vista de un juicio ordinario, se solicita que en Diligencias Finales se practique una prueba que no ha podido practicarse, pero esta prueba no se practica y se dicta Sentencia. Yo creo que puede dictarse sentencia, si el Juzgador estima suficiente lo probado, pero me gustaría vuestra opinión. Gracias