Perdonar pero soy novata en la Ley de enjuiciamiento Civil y me gustaría saber: Las Diligencias complementarias las pide el Fiscal ?..es urgente!!..muchas gracias.
Querida Ana, no desesperes. Estas cosas pasan y, desgraciadamente seguiran pasando.
pero ¿a que a veces esbozas una sonrisa, recordandolo?.........por no llorar
Se me olvidó apuntaros que también tuve que solicitar por escrito que me concediera los cinco días para hacer alegaciones complementarias y señalar particulares.
Estoy un poco harta de este Juez; a veces parece que se esté cachondeando... con todos los respetos.
pues sí que es surrealista, Ana.
Y esos ejemplos, hasta el infinito.A veces convergen muchos de ellos en un solo caso...
¿Tienes experiencia de algo así?
Algún forista que la tenga?
Al respecto, te cuento algo curioso que me ha pasado:
Me dan plazo para formular Escrito de Acusación. Solicito la práctica de Diligencias Complementarias.
El Juez dice que primero formule Acusación, y ya decidirá, después, acerca de las Diligencias.
Le aclaro que, precisamente, las solicito para formular la Acusación, y que me ampara el 780.
Me dice que presente el escrito de Acusación ya, porque ya estoy fuera de plazo. Ante esto (y teniendo en cuenta que las Diligencias eran totalmente innecesarias, pero alguien se había empeñado en que las pidiera), formulo el Escrito.
Tras esto, el Juez dicta Auto denegando la práctica de las Diligencias, por innecesarias, alegando que buena prueba de su innecesariedad es que he formulado el Escrito de Acusación sin problemas.
2."Cuando el Ministerio Fiscal manifieste la imposibilidad de formular escrito de acusación por falta de elementos esenciales para la tipificación de los hechos, se podrá instar, con carácter previo, la práctica de aquellas diligencias indispensables para formular acusación, en cuyo caso acordará el Juez lo solicitado.
El Juez acordará lo que estime procedente cuando tal solicitud sea formulada por la acusación o acusaciones personadas.
En todo caso se citará para su práctica al Ministerio Fiscal, a las partes personadas y siempre al imputado, DANDOSE LUEGO NUEVO TRASLADO DE LAS ACTUACIONES"
Creo que, una vez practicadas las diligencias complementarias, se da traslado, de nuevo, de las actuaciones; por lo que, desde el traslado, vuelven a contar los diez días. Creo.
Me han dado traslado para formular escrito de acusación "sin perjucio de pedir excepcionalmente diligencias complentarias imprescindibles para formular acusación" Si pido esas diligencias complementarias ¿se suspende el plazo para formular acusación o después de practicadas me vuelven a dar traslado por diez días para formular acusación?