Tengo sentencia resolución contrato de local comercial por impago y el inquilino sigue en el mismo. En demanda se fija fecha de lanzamiento para el 21 de febrero y en sentencia (de 16 diciembre) no se concreta la fecha, solo se dice que en caso de no abandonar el local, será lanzado del mismo. Como tengo claro que el inquilino no abandonará el local hasta que sea lanzado, me gustaría que me aclaréis si por el hecho de no concretarse fecha en sentencia se deberá posponer la fecha fijada en la demanda. Y si al no concretar en sentencia la fecha, hay que comunicar al inquilino la fecha efectiva del lanzamiento.
Hola Jan. ¿Eso quiere decir que no podrá efectuarse el lanzamiento en la fecha fijada en demanda? ¿o que se deberá comunicar al inquilino nueva fecha por error en sentencia?