Buenos días a tod@s
tengo una duda en cuanto al momento de solicitar la practica de una diligencia final. Lo hago en conclusiones? al finalizar la testifical propuesta por mi ?
Y otra cosa, al ratificarme en la demanda al principio cuando em de la palabra el juez, tengo que solicitar el recibimiento del pleito a prueba como en el verbal?
Es mi primer juicio ordinario.
Gracias a todos
Buenos días, pejobego, y suerte en tu debut.
Léete bien la LEC, porque no se entiende si vas a la audiencia previa (donde se ratifica la demanda y se propone la prueba, sin tener que pedirlo) o al juicio (donde se practica, el Juez puede dejar como diligencia final la que no haya podido practicarse y se hacen las conclusiones).
Saludos,
Entonces, sobra tu segundo párrafo, el Juicio se inicia con las pruebas.
Las diligencias finales suelen acordarse cuando no se ha podido practicar una prueba ya propuesta y admitida en la audiencia, ¿a qué prueba te refieres?
Es una prueba testifical aceptada en la audiencia previa, esta persona esta fuera y no puede acudir a la vista. Presente solictud de aplazamiento pero me la denegaron.
La testifical entiendo que es clave ya que, a pesar de no ser perito, esta persona elaboro un video y un informe vital para mis pretensiones
Entonces, estará en la lista de testigos, le llamarán y, cuando no comparezca, pides que se le cite como diligencia final; pero no te hagas ilusiones, fue una prueba propuesta y admitida, y que un testigo falte no es problema del Juez.
Saludos,